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Advirtió la CJEF que si SCJN invalida Plan B, sustituirían al Congreso

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Advirtió la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalida la primera parte de las reformas electorales denominadas Plan B, estarían sustituyendo al Congreso.

Este lunes inicia la discusión en la SCJN del proyecto que propone invalidar la primera parte del llamado “Plan B” en materia electoral, por lo cual la Consejería advirtió que de hacerlo, sustituirían al Congreso.

En un comunicado difundido ayer, la CJEF acusó que el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán privilegia los formalismos por encima “de la verdadera justicia de fondo”, con lo que se viola el artículo 17 constitucional.

Al tratarse de un poder derivado “sin legitimación popular”, la Consejería señaló que la Corte no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las mismas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión.

“De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, señaló.

El ministro instructor propuso anular la totalidad del decreto al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, sin embargo, el Gobierno Federal sostiene que ello es falso.

“De la lectura al proyecto se constata que el ministro ponente es omiso en dar cumplimiento al artículo 17 constitucional y 39 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la norma fundamental, pues no toma en cuenta los razonamientos expuestos por las autoridades demandadas, cuando es su obligación examinar en su conjunto los argumentos de todas las partes, a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada. De haberlo hecho, su proyecto se habría emitido en otro sentido”, acusó.

El Gobierno Federal exhortó a que prevalezca el fondo sobre la forma, es decir, a que los ministros y ministras actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia.